miércoles, 22 de enero de 2014

Se notificarán a los grandes generadores de residuos sólidos urbanos acerca de la modalidad de recolección y disposición de residuos



Desde la Dirección de Higiene Urbana y la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable se ha comenzado a notificar a grandes generadores de residuos de nuestra ciudad acerca de la modalidad de recolección y disposición de los mismos de acuerdo a su categoría.

Se entiende por gran generador a toda aquella actividad comercial que genere residuos asimilables a los Residuos Sólidos Domiciliarios pero en un volumen mayor al de un domicilio familiar; para los cuales se establece que cada uno debe responsabilizarse por su gestión desde el inicio hasta su disposición final. Para ello se considera necesario que:

-El traslado y recolección de los residuos sólidos urbanos estará a cargo de cada generador (según ordenanza de separación de residuos Nº 11844/13); sin embargo podrá ser prestado de forma excepcional por la Dirección de Higiene Urbana, en tal caso se deberá abonar un importe de tasa de 20 UTM establecido por ordenanza Nº 11845/13.

-A ello se le suma la “tasa por disposición final de residuos sólidos” (según ordenanza Nº 11517/10) que corresponde a “…la contraprestación pecunaria que deberán tributar los sujetos pasivos por la prestación del servicio de Manejo, Tratamiento y Disposición Final de residuos…” y comprende las siguientes categorías;

  1. Volquetes: 10 UTM
  2. 2 Ejes menor a 2,10 mts: 5 UTM
  3. 2 Ejes mayor a 2,10 mts: 15 UTM
  4. 3 y 4 Ejes menor a 2,10 mts: 30 UTM
  5. 3 y 4 Ejes mayor a 2,10 mts: 50 UTM
  6. 5 y 6 Ejes: 100 UTM
  7. Mas de 6 Ejes: 200 UTM


Por cualquier duda pueden comunicarse a la Dirección de Higiene Urbana (Tel. 423475 ò 423176) o a la Dirección Ambiental (Almirante Brown 540, Nave 1 Galpones del Puerto
Gualeguaychú, Tel. 428820, ambiente@gualeguaychu.gov.ar)



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