viernes, 21 de marzo de 2014

Acciones de fortalecimiento de la clasificación de RSU domiciliaria

En vista a la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 11.844/13 de Clasificación en Origen de Residuos Sólidos Urbanos (RSU), el próximo 31 de marzo, la dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable mantuvo jornadas de capacitaciones con los recolectores de residuos de la dirección de Higiene Urbana y los nuevos inspectores.

En el transcurso de esta semana la dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable realizó distintas capacitaciones destinadas a los recolectores de residuos de la dirección de Higiene Urbana y a los nuevos inspectores a cargo de corroborar el cumplimiento de la Ordenanza Nº 11.844/13 de Clasificación en Origen de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) por parte de los vecinos.

Estas capacitaciones tuvieron como objetivo lograr que los recolectores y los inspectores se interiorizaran en profundidad sobre los distintos artículos de la citada ordenanza, incluyéndose los tipos de clasificación, días y horarios de recolección de residuos sólidos urbanos (RSU), en relación a su entrada en vigencia a partir del próximo 31 de marzo.

Por otra parte, se hizo hincapié en diferenciar al “Gran Generador” del “Generador Domiciliario”, dado que cada uno debe cumplir diferentes patrones ante la Ordenanza Nº 11.844/13.

La separación se deberá realizar según tres tipos de categorías, de acuerdo a su composición, tal como establece la ordenanza:
  • Secos/inorgánicos: Plásticos, papeles, cartones, trapos, telas, vidrios, tergopol, latas y todo residuo de similar origen.
  • Húmedos/orgánicos: Restos de alimentos, semillas y carozos, café, yerba, té, hojas, pasto, flores y todo residuo de similar origen.
  • Patogénicos domiciliarios: cenizas, colillas de cigarrillos, pañales, papel higiénico, gasas, vendas, jeringas, cotonetes, restos de la higiene personal y similar. Los mismos deberán estar contenidos en una bolsa roja o señalizada con algún elemento en rojo en su exterior. 

La recolección de Residuos Sólidos Urbanos domiciliarios estará a cargo de la dirección de Higiene Urbana:
·         Secos/inorgánicos: Martes y Jueves
  • Húmedos/orgánicos: Lunes, Miércoles, Viernes y fines de semana.
  • Patogénicos domiciliarios: 6 días a la semana.

La ordenanza prevé sanciones para aquellos vecinos y grandes generadores que no cumplimenten la misma, estableciendo los plazos tanto para la entrada en vigencia (31 de marzo de 2014) como para la entrada en vigencia del régimen sancionatorio (1º de septiembre de 2014).

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